jueves, octubre 16, 2014

 

SECRETARÍA SECCIONAL DE ORGANIZACIÓN

Profr. Luis Rogelio Muñoz Vargas

Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría Seccional de Organización, además de las señaladas en el artículo 88 del Estatuto, en su ámbito de competencia, las siguientes:

I. Coordinar y vigilar la aplicación de los lineamientos para el mejoramiento de la gestión sindical y administrativa, definidos por el Comité EjecutivoNacional;
II. Impulsar y promover una nueva cultura organizacional orientada a eficientar y optimizar los procesos de gestión y profesionalización de la gestión sindical, en los Niveles Seccional, Delegacional, de Centros de
Trabajo y Representación de Escuela;
III. Cumplir con los lineamientos de la organización sindical en materia de desarrollo administrativo integral, para instrumentar mecanismos y dinámicas de organización, métodos y procedimientos de trabajo que mejoren la atención y el servicio a los agremiados;
IV. Aplicar los Manuales de Organización, procesos, políticas, perfiles, puestos y funciones del Sindicato;
V. Representar conjuntamente con la Secretaría General a la Sección y llevar los asuntos de su competencia ante las instancias y autoridades correspondientes;
VI. Llevar a cabo las actividades que permitan una mejor adecuación de las estructuras y funcionamiento de las Delegaciones, Representaciones de Centros de Trabajo y de Escuela, respecto a las normas que establece el presente Estatuto, y contribuyan a mantener y fortalecer la unidad de
sus integrantes;
VII. Mantener actualizado el registro y directorio de sus Comités Delegacionales, Representaciones de Centros de Trabajo y de Escuela, remitiendo copia de éste al Colegiado respectivo del Comité Ejecutivo Nacional;
VIII. Actualizar el registro de los miembros que integran cada nivel de la Sección;
IX. Mantener una constante comunicación con el Colegiado respectivo del Comité Ejecutivo Nacional y con el representante de éste, para tener
registrado y actualizado todo cambio que se efectúe en los Comités Delegacionales, Representaciones de Centro de Trabajo y de Escuela;
X. Llevar el registro de las Asambleas Delegacionales, de Representaciones de Centro de Trabajo y de Escuela que se realicen en la Sección; y,
XI. Las demás que le confiera la Secretaría General Seccional.





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