jueves, octubre 16, 2014
SECRETARÍA SECCIONAL DE ORGANIZACIÓN
Profr. Luis Rogelio Muñoz Vargas
Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría Seccional de Organización, además de las señaladas en el artículo 88 del Estatuto, en su ámbito de competencia, las siguientes:
I. Coordinar y vigilar
la aplicación de los lineamientos para el mejoramiento de la gestión sindical
y administrativa, definidos por el Comité EjecutivoNacional;
II. Impulsar y promover
una nueva cultura organizacional orientada a eficientar y optimizar
los procesos de gestión y profesionalización de la gestión sindical, en
los Niveles Seccional, Delegacional, de Centros de
Trabajo y
Representación de Escuela;
III. Cumplir con los
lineamientos de la organización sindical en materia de desarrollo
administrativo integral, para instrumentar mecanismos y dinámicas de
organización, métodos y procedimientos de trabajo que mejoren la atención y
el servicio a los agremiados;
IV. Aplicar los
Manuales de Organización, procesos, políticas, perfiles, puestos y funciones del
Sindicato;
V. Representar
conjuntamente con la Secretaría General a la Sección y llevar los asuntos de
su competencia ante las instancias y autoridades correspondientes;
VI. Llevar a cabo las
actividades que permitan una mejor adecuación de las estructuras y
funcionamiento de las Delegaciones, Representaciones de Centros de Trabajo y de
Escuela, respecto a las normas que establece el presente Estatuto, y
contribuyan a mantener y fortalecer la unidad de
sus integrantes;
VII. Mantener
actualizado el registro y directorio de sus Comités Delegacionales,
Representaciones de Centros de Trabajo y de Escuela, remitiendo copia de
éste al Colegiado respectivo del Comité Ejecutivo Nacional;
VIII. Actualizar el
registro de los miembros que integran cada nivel de la Sección;
IX. Mantener una
constante comunicación con el Colegiado respectivo del Comité Ejecutivo
Nacional y con el representante de éste, para tener
registrado y
actualizado todo cambio que se efectúe en los Comités Delegacionales,
Representaciones de Centro de Trabajo y de Escuela;
X. Llevar el registro
de las Asambleas Delegacionales, de Representaciones de Centro de Trabajo y
de Escuela que se realicen en la Sección; y,
XI. Las demás que le
confiera la Secretaría General Seccional.